Alcaldía de Bogotá otorga subsidio de seguridad social a artistas y gestores culturales mayores


Alcaldía de Bogotá otorga subsidio de seguridad social a artistas y gestores culturales mayores

$18.000.000.000, producto del recaudo de la estampilla de Procultura, serán destinados para entregar este beneficio económico.

Por primera vez, los creadores y gestores culturales de Bogotá tendrán la oportunidad de recibir Beneficios Económicos Periódicos–BEPS, en la modalidad de anualidad vitalicia bimensual, para su seguridad social. Los beneficiarios de este subsidio serán artistas y gestores culturales  mayores de 62 años (hombres), y 57 (mujeres).

Esta medida se da como resultado de la implementación del Decreto 20-12 de 2017, que establece que el 10 por ciento de los recursos de la Estampilla Procultura se destine a la protección de los artistas y gestores culturales durante la etapa de vejez.

Para la ejecución de dicho decreto se destinarán en 2019  $18.000 millones, que permitirán otorgar a los beneficiarios un porcentaje no mayor de 30% de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV). Este beneficio, que se otorgará cada dos meses a partir de 2020, estará sujeto a los criterios de priorización que haga el Ministerio de Cultura.

Requisitos para los beneficiarios y priorización

Quienes quieran acceder a este subsidio deberán ser colombianos, haber residido durante los últimos 10 años en el territorio nacional, vivir actualmente en Bogotá y percibir ingresos inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV). Los interesados deberán acreditar creación, trayectoria y la socialización que han hecho de su gestión o actividad ante el público. Aunque no es indispensable, a estos documentos se pueden anexar certificados de formación.

Aunque las oportunidades son para todos los artistas y gestores mayores, se tendrán en cuenta algunos aspectos para priorizar a aquellos que vivan en condición de vulnerabilidad: la edad del aspirante, el puntaje del Sisbén o el listado censal, discapacidad mental o física, si vive solo y no depende económicamente de ninguna persona. También se analizará el tiempo de dedicación del creador o gestor cultural en su campo de acción y la fecha de postulación al beneficio.

Para mayor información, los artistas y gestores podrán asistir a los seis Puntos de Gestión Cultural Local, las bibliotecas públicas de la ciudad y a los Centros Día, donde se orientará sobre el proceso y, en caso de ser necesario, se realizará apoyo en el diligenciamiento del registro, proceso que se hará de manera virtual a partir del 6 de mayo a través de www.culturarecreacionydeporte.gov.co/beneficioartistamayor.

Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte

Carrera 8 # 9 – 83

Bogotá D. C., Colombia

www.culturarecreacionydeporte.gov.co

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