NOTA DEL ADMINISTRADOR: Cómo hemos divulgado en la más reciente noticia del INCI y Minsalud y Protección Social explican el nuevo proceso para expedir el certificado de discapacidad, nos ha llegado esta importante noticia, teniendo claridad en que la forma de realizar los procesos para obtener el Certificado de discapacidad en Colombia, modificando ante lo anunciado en la noticia publicada en el año 2019 como: Certificado de discapacidad en Colombia a partir de febrero de 2019
La nueva información es la siguiente:
TODO LO QUE DEBE SABER SOBRE LOS BENEFICIOS DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD
- El Instituto Nacional Para Ciegos invita a los colombianos con discapacidad a expedir este documento personal, intransferible y gratuito.
- El certificado de discapacidad permite que las personas con discapacidad reciban una oferta preferencial de diversas instituciones, desde programas como Familias en Acción hasta acceso a cupos escolares o subsidios de transporte.
- Las personas con discapacidad pueden solicitar la certificación de discapacidad ante las secretarías de salud distritales o municipales para que las IPS la expidan.
El Instituto Nacional Para Ciegos –INCI invita a los colombianos con discapacidad a que expidan su certificado de discapacidad, un documento de carácter personal, intransferible y gratuito para facilitar su acceso pertinente a los programas sociales, laborales, recreativos y demás que ofrece el Estado colombiano.
Este certificado entró en vigor con la resolución 113 de 2020, por medio de la cual se implementa la Certificación de Discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, una normativa que derogó la resolución 583 de 2018 para abrir paso a una valoración clínica integral y multidisciplinaria de las personas, fundamentada en la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) que permite identificar sus discapacidades físicas, así como sus limitaciones psicológicas y las barreras que presenta en la vida diaria y en la participación.
El director del INCI, Carlos Parra Dussan, afirma que el certificado “es dar a conocer la discapacidad ante las personas e instituciones de manera formal. En términos de beneficios, nos sirve para iniciar trámites, por ejemplo, si quiero solicitar la exención del pico y placa, debo mostrar el certificado. Y en últimas, es el camino para que el Ministerio de Salud tenga plenamente ubicadas y caracterizadas a las personas con discapacidad para adoptar políticas públicas que nos favorezcan”.
Los anteriores no son los únicos beneficios del documento, con su expedición, la población con cualquier discapacidad tendrá derecho a:
- Acceso a la salud y a la recreación.
- Acceso a algunos medicamentos y procedimientos NO POS.
- Reparación administrativa para víctimas del conflicto.
- Participación en el Programa de Familias en Acción.
- Participación en Programas de Adulto Mayor.
- Participación en el Programa Vive Digital.
- Participación en el Programa ÁGORA.
- Acceso al Centro de Relevo.
- Disposición de cupos escolares.
- Disminución de puntaje en el SISBEN.
- Subsidios de cajas de compensación.
- Subsidios de vivienda.
- Beneficios tributarios de empresas y organizaciones.
- Teletrabajo.
- Protección laboral.
- Inclusión laboral en empresas privadas y entidades públicas.
- Participación en los consejos de discapacidad.
- Acreditación de la condición para algunos temas pensionales.
- Acceso al Icetex con créditos con tasas preferenciales.
- Acceso a la Biblioteca Virtual del INCI.
Así se expide el certificado de discapacidad en Colombia
- Acérquese a la EPS y solicite una consulta con el médico tratante del régimen subsidiado o contributivo, quien le entregará una copia de la historia clínica, el diagnóstico relacionado con la discapacidad y los soportes de ayuda diagnóstica de su proceso.
- Ese mismo médico define qué tipo de valoración se debe realizar, si institucional (en la entidad prestadora de salud) o domiciliaria (solo la autoriza el médico bajo su criterio, cuando se presente movilidad reducida).
- Debe dirigirse a la secretaría de salud distrital o municipal de su lugar de residencia con la documentación mencionada anteriormente, para verificarla y pedir la orden de valoración multidisciplinaria.
- Llame a la IPS autorizada para programar la evaluación multidisciplinaria dentro de los cinco días hábiles siguientes a la emisión de la orden.
- Asista a la cita de 40 minutos con la documentación requerida.
- Reciba la certificación de discapacidad.
- Si no está de acuerdo con el resultado del certificado, tiene derecho a una segunda opinión. Podrá hacer nuevamente el proceso anterior y solicitar una valoración con otro equipo multidisciplinario. Esta segunda opinión será la que quede registrada.
El INCI lo invita a consultar el abecé sobre el certificado de discapacidad en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social. Ingrese a: https://bit.ly/2R9mTSR